En el caso de las ayudas destinadas a la rehabilitación de edificios, éstas tienen como objeto financiar la ejecución de las obras y trabajos de mantenimiento de las instalaciones fijas y equipamiento propio, así como los elementos y espacios privativos comunes de los edificios de tipología residencial colectiva.
Para optar a esta convocatoria de subvenciones los edificios deberán haber sido construidos antes de 1981 y al menos el 70% de su superficie debe tener uso residencial, siendo a su vez el 70% de las viviendas el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.