En el reglamento, que estuvo vigente hasta el pasado 23 de Mayo de 2010, se contemplaba en sus artículos 58,59 y 60 que se debía tributar Honores al Santísimo Sacramento presentando el arma y con la interpretación del Himno Nacional.
En el nuevo reglamento, aprobado en el Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares, se ha eliminado los honores al Santísimo. Y lo único que se especifica es en la disposición cuarta, donde se declara la VOLUNTARIEDAD de asistencia a dicho acto:
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Participación en actos religiosos.
CUANDO SE AUTORICEN COMISIONES, ESCOLTAS O PIQUETES PARA ASISTIR A CELEBRACIONES DE CARÁCTER RELIGIOSO CON TRADICIONAL PARTICIPACIÓN CASTRENSE, SE RESPETARÁ EL EJERCICIO DEL DERECHO A LA LIBERTAD RELIGIOSA Y EN CONSECUENCIA, LA ASISTENCIA Y PARTICIPACIÓN EN LOS ACTOS TENDRÁ CARÁCTER VOLUNTARIO.
Por tanto, el problema es con las BANDAS MILITARES, que no tienen permiso para interpretar el Himno.
Se ha eliminado la mención que existía con anterioridad sobre la OBLIGACIÓN de tributar Honores al Santísimo Sacramento e imágenes religiosas, pero no se ha indicado por ninguna parte nada relativo a la PROHIBICIÓN de tocar el Himno en determinadas circunstancias. es por lo que VOLUNTARIAMÉNTE acuden, desfilan e interpretan el Himno.
Por cierto, como curiosidad, indicar que en la II República, entre los años 1934 y 1936, como el Himno Nacional estaba prohibido y el oficial era el Himno de Riego, muchas cofradías rendían Honores con un pasodoble.
llamado "LA GIRALDA" de JARRANZ.
Ahh!!! Afiliado al PSOE, dos licenciaturas, con plaza en CEA INFANTE de MURCIA, nacido en YECLA. Y DICE EL CONSERJE DE MI CENTRO, QUE NI PARA LAS ESTANTERIAS DE LA BIBLIOITECA LO QUIERE A USTED SENÑOR LEXICÓN.
23 de Abril de 2014 - 13:39:53