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Se dispone a denunciar el siguiente comentario de Agustito, estudia.:


Aparte de buscar las leyes en google hay que molestarse en leerlas.Primero: Todas las normas que dictas pertenecen a la jurisprudencia militar, quedando fuera del ámbito castrense las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (Policia),Segundo: Las normas que citas hablan de rendir honores a la bandera, mandos, autoridades civiles y militares y miembros de la Casa Real, en ningún momento nombra a imagenes religiosas.Tercero: Donde únicamente cita la autorización para realizar acompañamientos militares a actos religiosos es en caso de hordas fúnebres y estará en función de la religión que profesase el difunto. Y lo del Viernes Santo no es el caso, aunque lo llamemos "el entierro del señor". Por lo tanto, el toque del himno nacional en el resucitado, la escolta de la Policia al Cristo y la presidencia de las autoridades municipales en la procesión quedan al margen de la ley. La única explicación que encuentro a estos hechos es remitirme a la costumbre y a la herencia del anterior régimen donde los lazos Religión Iglesia y Estado eran muy fuertes.

21 de Abril de 2014  -  11:04:03


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